Rescisión/Resolución | |
La rescisión se declara por causal existente al momento de la celebración del contrato. | La resolución se declara por causal sobreviniente al momento de la celebración del contrato. |
La declaración de la rescisión es siempre judicial. | La declaración de la resolución puede ser judicial o extrajudicial. |
En la rescisión el contrato tiene un vicio de origen que no determina la nulidad o anulabilidad, pero que puede conducirlo a su disolución. | En la resolución el contrato no adolece de ningún vicio en su origen que pueda destruir su existencia. |
Las causales de rescisión están fijadas por la ley. | Las causales de resolución pueden ser legales o convencionales. |
La rescisión tiene efecto desde el momento de su celebración (ex tunc), es decir, tiene efecto retroactivo obligacional. | La resolución tiene efecto irretroactivo (ex nunc)[6], es decir, el cese de los efectos se producen desde la causal sobreviniente y no hacía atrás. |
Monday, June 8, 2020
DIFERENCIAS ENTRE Rescisión/Resolución
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